Glosario

Recopilación de leyes, obra cumbre de la labor legislativa del “Rey Sabio”, Alfonso  X, aunque no tendrían aplicación práctica hasta que fueron promulgadas en el Ordenamiento de Alcalá de 1348, después de haber sido concertadas e emendadas. Son interesantes ya que, al tener un carácter fundamentalmente doctrinal, traslucen, de forma directa el pensamiento de los juristas reales. Con relación a los judíos, sus disposiciones, además de algunas dispersas, se comprenden en el preámbulo y las once leyes que contiene el título XXIV de la VII Partida, que habría de servir de modelo a múltiples legislaciones futuras, relativas a los judíos. Así mientras en el preámbulo se define la condición de judío y su posición con respecto al cristianismo, en las once leyes dichas se marcan las pautas a seguir, más en un sentido doctrinal que de aplicación práctica, en las relaciones entre judíos y cristianos que, en síntesis, seguirían siendo las mismas, más o menos radicalizadas, hasta el final de la Edad Media.
Jueves, 25 de abril de 2024 -

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