Sentencia dada por los ttribunales de la la Inquisición, cuando se disponía de indicios leves del delito. Implicaba el menor grado de culpabilidad posible. Lo habitual era que el acusado o penitenciado compareciera en el Auto de fe donde eran advertido, reprendido, multado dinerariamente, desterrado por un tiempo no superior a ocho años y con frecuencia era azotado públicamente. Si con el tiempo volvía a ser juzgados era declarados impenitentes y sometido a graves penas.