Relación sexual voluntaria entre una mujer casada y cualquier otro hombre que no sea su esposo; ofensa prohibida por el séptimo de los Diez Mandamientos y que incluye una de las cuatro clases de pena capital. Los rabinos definieron las precondiciones de incriminación, pero excluyeron la ejecución. En la época bíblica una esposa sospechosa (sotá) era sometida a la prueba de las “aguas de la amargura” (Números / Bemidbar 5:12-31). FUENTES: [1] (90A00); [2] (90A86).