Glosario

Figura jurídica propia del Derecho Civil Catalán (Catalunya / España), consistente en la constitución del derecho a percibir periódicamente una pensión en dinero durante la vida de una o dos personas a cambio de la percepción de un capital o precio. Es un contrato que podría confundirse con el de "renta vitalicia", pero con caracteres propios que le asemejan a las formas censales o a aquellos destinados a obtener créditos. Violario es una voz que proviene de la limitación temporal que entorna ese derecho, ya que en Catalunya su duración está ligada a la vida de una persona determinada, de ahí que se sepa lo que va a durar, pero se desconozca la fecha. Esta voz sería una contracción de la expresión "vidolario" que fue el original histórico.

Jueves, 28 de marzo de 2024 -

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