Localidades

Oña. (Burgos – Castilla y León / España). Esta ciudad burgalesa exhibe uno de los monumentos más evidentes de la presencia judía en la península, ya que la clara ubicación de su aljama permite identificar el lugar donde estaba, apenas pasado el llamado Arco de la Estrella y se llega a la Plaza Mayor. A izquierda se halla la calle de Barruso [¿barrio de yuso?, ¿barrio del judío?], en la que se encuentra una casa que pudo haber sido la Sinagoga, según la tradición, que fue la arteria principal del barrio judío. Esta localidad fue originalmente un castro romano en la calzada llamada Austrigona, que prosperó con el tiempo al obtener el rango Condal y fueros especiales. Se estima que los primeros judíos se establecieron a principios del siglo XII, creando una aljama que todavía es conocida como el "burgo de la Judería". El 17 de mayo de 1405, Don Sancho, abad de Oña, responde a petición de sus vasallos los judíos de Oña, “sobre rason de un suelo de solar que fue otro tiempo con licencia de los abbades... casa de oración para vuesta sygnoga, el qual dicho suelo de solar es en la dicha nuestra villa [de Oña] en la cal de Maça, de que son surqueros de dicho suelo de solar: del un cabo casas de Pero Gonçales Peçon, e delante la cual corriente, e del otro cabo e de espaldas la cal que sale faça la Hubanna, el qual dicho solar era perdido tiempo avia, e agora nuevamente nos pedistes merced que vos diesemos licencia para la faser casa de oración para vuestra sygnoga, segunt antes estaban los cimientos”. Conforme a lo solicitado - y pues han pagado siempre los judios de Oña “de tributo anexo por la dicha sygnoga sesenta mrs. De moneda vieja o el respecto della, quien estoviese fecha la dicha sygnoga quier non” - el abad les otorga la pedida licencia “para que fagades en el dicho suelo la dicha casa de oración llana de un sobrado e su tejado encima e non mas, segunt estan fechas las otras casas que son en survo della e que non fagades en ella otro hedificio ninguno sy non la dicha casa de oracion e que nos dedes en cada anno e annos los dichos sesenta mrs.., agora fisiesedes oración en la dicha casa o non...”. El 2 de agosto del mismo año el Abad aclara algunos extremos de la carta anterior, y “por quanto despues que fue fecha e otorgada esta carta, nos, los dichos judíos, aviemos fecho en las dichas casas de sygnoga un apartado saldiso como alcunxanas abierto fasa la calle de Maça en la delantera de las dichas casas e lo aviamos sacado más que las otra casas surqueras, por lo qual vos, el dicho sennor abbat, disiendo que lo fasiamos e era en perjuisio vuestro e de vuestr villa, non nos lo consentistes e mandastes lo enbargar fasta que lo desvaratasemos e lo fajasemos cerrado de guisa que las otras casas surqueras, por lo qual nos quedava el dicho salediso muy estrecho faça las casas de los clerigos que estan en survo, e vos pedimos por mercet que nos fisiesedes tanta gracia e mercet que lo pudiesemos sacar todo el dicho salediso del ancho e quete que esta al pie del sobrado de Pero Gons. Peçon e non mas”.
Sábado, 20 de abril de 2024 -

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