Localidades

El infante D. Alfonso entre los privilegios concedidos a los judíos que vinieren a poblar dicha localidad, el 1 de Agosto de 1320, concede en primer lugar: el poder fundar y edificar, en el sitio de la villa que elijan, su sinagoga “in qua possint suas horas cantare el dicere secundum legem suam alta vel sumissa voce de die et de nocte, tu eis videbitud faciendum”.
Jueves, 28 de marzo de 2024 -

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